Bases legales sorteo Santander
Bases Sorteo Feria Profesional OBRAMAT Santander
Bases Sorteo Feria Profesional OBRAMAT Santander
Bases Sorteo Feria Profesional OBRAMAT Santander
La entidad mercantil BRICOLAJE BRICOMAN, S.L.U., con domicilio en Calle Margarita Salas, 6, 28919-Leganés (Madrid) y provista con N.I.F. B-84406289 (en adelante, “Obramat”) organiza el presente sorteo con motivo de la Feria Profesional en el establecimiento Obramat Santander (en adelante, el “Sorteo”), que se regirá por las siguientes bases legales (en adelante, las “Bases Legales”).
Primera.- ObjetoEl objeto de este Sorteo es la recogida y/o actualización de datos de Clientes Profesionales y sus consentimientos para comunicaciones comerciales a través del formulario digital habilitado para ello en el stand habilitado con motivo de la Feria Profesional que OBRAMAT organizará el día 10 de septiembre de 2024 en el establecimiento comercial Obramat Santander ubicado en Calle La Peseta, 4, 39011- Santander entre las 8:00 y las 14:00 horas, en los términos que se indican a continuación.
Los clientes profesionales que cumplan con los requisitos establecidos en las Bases Legales podrán participar en el Sorteo, donde se sortearán los artículos en la condición quinta, en las fechas y términos indicados en las presentes Bases Legales.
Segunda.- Vigencia del SorteoEl plazo durante el cual se podrá participar en el Sorteo dará comienzo el día 10 de septiembre de 2024 a las 8:00 horas y finalizará a las 14:00 del mismo día.
Tercera.- Ámbito territorialEl presente Sorteo será válido única y exclusivamente para el establecimiento Obramat Santander.
Cuarta.- Condiciones de participaciónLa participación en el Sorteo quedará condicionada al cumplimiento de cada una de las siguientes condiciones:
Podrán participar sociedades mercantiles y profesionales autónomos (mayores de 18 años), con o sin empleados a su cargo, datos de alta en el Grupo F de la CNAE o Agrupación 50 de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas (IAE), que posean alta ininterrumpida de actividad en la provincia de Cantabria.
Darse de alta como cliente Obramat antes del vencimiento del Sorteo a través de la plataforma habilitada por OBRAMAT. Será requisito esencial confirmar el proceso de alta cliente a través del correo electrónico indicado antes del término del Sorteo.
La aceptación de las Bases Legales, que cualquier participante podrá consultar en https://www.obramat.es/page/bases-legales-sorteo-santander.html, durante la vigencia del Sorteo. Los participantes que no acepten las Bases Legales deberán abstenerse de su participación en el Sorteo.
Quinta.- Premios OBRAMAT entregará 10 premios (uno por cada ganador) consistente en los siguientes artículos:
- 1x Nivel láser de línea GLL 2-15 G Bosch.
- KIT Vestuario Laboral compuesto por 2x pantalones (referencia a la elección), 2x camisetas de algodón (referencia a la elección), 1x camiseta alta visibilidad Velilla (referencia a la elección), 1x sudadera con cremallera alta visibilidad Velilla (referencia a la elección), 1x chaqueta Soft Shell marca Velilla (referencia a la elección), 1x botas de seguridad (referencia a la elección).
- 1x Taladro Atornillador GSB 18V-21 Bosch.
- 1x Sierra Sable Batería 12V SS122K Stayer.
- 4x Duopower 8x40 Fischer (400 unidades).
- 2x Pintura Blanca Interior L-5000 15L.
- 1x Carretilla de Obra pintada 110L.
- 1x Linterna/Powerbank a Batería FL700 Stayer.
- 2x H40 Gel Kerakoll 20kg (blanco o gris).
- 1x Taladro percutor batería Dewalt DCD709N-XJ 18V.
El premio tendrá carácter personal e intransferible. El premio no será canjeable por su importe en metálico, ni por otro premio, ni susceptible de cambio o alteración, pero sí podrá renunciar a él, en cuyo caso, no existirá compensación alguna por ello.
Al premio entregado le será de aplicación la normativa fiscal vigente en el momento de la entrega del premio. Consecuentemente, OBRAMAT asumirá y practicará el correspondiente ingreso a cuenta sobre la base del premio entregado y conforme a los tipos que resulten vigentes a la fecha de devengo de la operación. El ingreso a cuenta no será repercutido al ganador, siendo asumido por OBRAMAT.
El ganador del premio deberá cumplir con sus obligaciones fiscales resultantes de la entrega del premio. El importe de la ganancia patrimonial que el premiado deberá declarar vendrá determinado por el precio venta público (PVP) del bien que se incorpora a su patrimonio, más el ingreso a cuenta no repercutido. En ningún caso, OBRAMAT será responsable de la incorrecta declaración fiscal que al efecto pueda hacer el ganador del premio. Asimismo, y en su caso, OBRAMAT remitirá al ganador, de acuerdo con la normativa expuesta, el correspondiente certificado de retenciones e ingresos a cuenta según la normativa vigente en el momento de entrega del premio. No se admitirá ninguna reclamación o queja en relación con el premio frente a OBRAMAT.
OBRAMAT se reserva el derecho de sustituir el premio por otro de igual o mayor valor, por causas de fuerza mayor o indisponibilidad. OBRAMAT declina toda responsabilidad por cualquier incidente o daño de cualquier tipo, directo o indirecto, que pudiera surgir debido al disfrute del premio otorgado y/o su uso, hecho que el ganador reconoce expresamente. La cumplimentación de los datos personales y fiscales del ganador necesarios para la entrega del premio es de carácter obligatorio y legal, de forma que la negativa a justificar cualquiera de ellos supondrá la pérdida del derecho al premio obtenido.
Artículo 4.– Celebración y Resultado del Sorteo. Designación de los ganadores de los premiosEl Sorteo se realizará el día 16 de septiembre de 2024 entre todos los participantes que hayan cumplido, sin excepción y previa verificación, cada una de las condiciones múltiples contenidas en la condición individualizada cuarta. Para determinar el ganador se procederá mediante un cálculo aleatorio que determinará a los ganadores en función de la posición que éste ocupe en la lista de participantes. El Sorteo no tendrá carácter público.
Se designarán 10 ganadores y 40 suplentes entre el conjunto de participantes durante la vigencia del Sorteo. La celebración y el resultado del acto del Sorteo quedará reflejado en un acta que será firmada por tres representantes de OBRAMAT en su condición de jurado.
Artículo 5.– Entrega de los premiosLa condición de ganador y suplente será notificada por OBRAMAT por medios electrónicos (email, sms o llamada telefónica) a cada uno de ellos para que, previa a su adjudicación definitiva.
Los premios serán entregados el día 17 de septiembre de 2024 en el establecimiento Obramat Santander.
Los participantes, en tanto eventuales ganadores y/o suplentes, autorizan a OBRAMAT con la inscripción y aceptación de estas bases, a publicar sus nombres y su imagen personal en la página web de Obramat y en las publicaciones y actos publicitarios y promocionales que realice (sin ánimo limitativo, folletos, catálogos, cuñas publicitarias en medios de comunicación, etc.), de manera gratuita, indefinida en el tiempo y en el ámbito territorial de implantación del Grupo Adeo, sin perjuicio de lo dispuesto en la información sobre protección de datos personales del sitio web del Sorteo y el ejercicio de los derechos que legalmente le asisten.
Artículo 6.– Límite de responsabilidadOBRAMAT queda eximida de cualquier responsabilidad si, por causa de fuerza mayor, por acontecimientos ajenos por completo a su voluntad o por causas similares debidamente justificadas, se viera forzada a cancelar, acortar, prorrogar, posponer el presente Sorteo o a modificar sus condiciones, renunciado los participantes por su sola inscripción a exigirle responsabilidades por estos motivos.
OBRAMAT no será responsable de los errores, omisiones, interrupciones, supresiones, defectos, retrasos de funcionamiento o de transmisión, averías de comunicación, robo, destrucción, acceso no autorizado o modificación de las inscripciones. La participación en el Sorteo implica el conocimiento y la aceptación de las características y de los límites de Internet, especialmente en lo que se refiere al comportamiento técnico, el tiempo de respuesta para consultar, sondear o transferir informaciones, riesgos de interrupción y, en general, los riesgos inherentes a cualquier conexión y transmisión por Internet, la ausencia de protección de ciertos datos contra posibles desviaciones y los riesgos de contaminación por virus que circulen en la red.
Asimismo, OBRAMAT no podrá considerarse responsable de ningún daño directo o indirecto provocado por una interrupción, funcionamiento defectuoso, suspensión o final del Sorteo u otro motivo, ni tampoco por los daños directos o indirectos resultado, de cualquier forma, de la conexión al terminal o terminales.
Artículo 7.– Protección de datos de carácter personalLa renuncia del premio por el ganador no dará ningún derecho de indemnización o compensación.
De conformidad con lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del parlamento europeo y del consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (RGPD) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD) se informa de lo siguiente:
Responsable del Tratamiento: BRICOLAJE BRICOMAN, S.L.U., con N.I.F. B-84406289 y con domicilio a estos efectos en Calle Margarita Salas, 6, Edificio Obramat C.P. 28919 de Leganés (Madrid).
Finalidad: Celebrar y gestionar su participación en el Sorteo y, en caso de que el participante resulte ganador, contactar mediante llamada telefónica, SMS y/o correo electrónico con el fin de comunicarle su condición de ganador El mantenimiento del consentimiento para esta finalidad es indispensable para la válida adjudicación de los premios del Sorteo.
La base legal para el tratamiento de los datos de los participantes es la ejecución del Sorteo, en los términos aceptados por los participantes mediante la aceptación de las presentes bases legales.
Sus datos no serán comunicados, salvo obligación y/o mandato legal.
El ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición y portabilidad se podrá llevar a cabo a través del formulario electrónico disponible en la Política de Privacidad en su sitio web (www.obramat.es). Asimismo, puede presentar una reclamación en caso de considerar vulnerados sus derechos ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es).
Puede contactar con nuestro Delegado de Protección de Datos en la siguiente dirección: privacidad@obramat.es
Puede consultar más información en la Política de Privacidad de OBRAMAT (www.obramat.es).
Artículo 8.– Propiedad industrial e intelectualLas imágenes utilizadas en el sitio web del Sorteo, los objetos representados, las marcas y denominaciones comerciales mencionadas, los elementos gráficos, informáticos y las bases de datos que conforman o se contienen en el sitio internet del juego son propiedad exclusiva de sus titulares respectivos y no podrán extraerse, reproducirse ni utilizarse sin la autorización escrita de estos últimos bajo pena de acciones civiles y/o penales.
Artículo 9.– RenunciaLa renuncia del premio por el ganador no dará ningún derecho de indemnización o compensación.
Artículo 10.– LitigiosLa legislación aplicable a las presentes bases es la española. Las partes, con renuncia expresa al Fuero que les pudiera corresponder, se someten, para cuantas cuestiones se susciten en la interpretación o ejecución de las presentes bases, a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Leganés (Madrid).